antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la recusación propuesta por el Abogado Andrés Eduardo Carmona, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 229.553, asistiendo para este acto a la ciudadana DIOLEIDA DE LA CRUZ MARQUEZ SALAS, contra el Juez Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.