DISPOSITIVA
Con base en los razonamientos explanados, este tribunal primero de primera instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la circunscripción judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 326 del código orgánico procesal penal, admite la acusación presentada, contra el ciudadano CARLOS MANUEL RUZA GUERRA por la comisión el delito de Porte ilícita de Arma de fuego previsto y sancionado en el artículo 277 del código penal, en agravio del Orden Público. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367, en concordancia con el artículo 376 del código orgánico procesal penal, en concordancia con el ordinal 4° del artículo 74 del código penal, se condena al ciudadano CARLOS MANUEL RUZA GUERRA, plenamente identifica.....