este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia impuesta a JAIRO ALFONSO BUSTAMANTE Colombiano, mayor de edad de 31 años, titular de la cedula de identidad Nº 26.591.494, nacido en fecha 24-08-1976, natural de Puerto Boyaca, Colombia, hijo de Ruth Marina Bustamante y Alonzo Pedroso, Casado, ocupación agricultor del campo, grado de instrucción sexto grado, domiciliado en Santa Isabel, sector las flores vía calle oscura, casa sin numero sin frisar, como a tres casas de la entrada de la cauchera de Ramón Duarte, conforme a lo establecido en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal y como quiera que por la pena impuesta es procedente el otorgamiento de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, se ACUERDA, oficiar a la Unidad técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 04 del Estado Trujillo, a la División de Anteceden.....