Este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el abogado ENIO JOSE RIVERO YAGUAS, en su condición de JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN EN REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, mediante acta de inhibición de fecha 02 de agosto de 2004, en el juicio por cobro de prestaciones sociales intentado por la ciudadana, CARMEN TERESA CALLES DE PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.307.154 y de este domicilio, en contra de la sociedad mercantil ARTE FRANCES observando que la misma cumple con los requisitos de procedencia establecidos legalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.