D I S P O S I T I V A
Por los argumentos que anteceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos: FELIX RAMÓN PARADA AGÜERO y VILMA MARGARITA VALERA DELGADO, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el día 29 de marzo de 1996, por ante el Concejo Municipal de San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, según consta del acta de matrimonio que corre inserta al folio 5 del expediente, signada con el N° 08.
Déjese por Secretaria copia certificada del presente fallo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo.....