Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, teniendo por norte de sus actuaciones, la tutela efectiva de los derechos e intereses de los justiciables y al proceso como instrumento fundamental para la realización de la justicia, con la brevedad y la celeridad que debe orientarlo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: Primero: competente para conocer del presente recurso de nulidad del acto administrativo de efectos particulares constituido por la Providencia Administrativa Nº 070-2013-01-058, de fecha 25/03/2013, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Trujillo, con sede en la ciudad de Valera, contenida en el expediente Nº 070-2013-01-00055, Segundo: ADMITE la presente demanda. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.