Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; admite la acusación presentada por los Abogados RAFAEL SALAS Y ELENA LINARES, actuando con el carácter de Fiscal Noveno y Auxiliar del Ministerio Público, contra la ciudadana YENNY CAROLINA MARÍN SÁNCHEZ, venezolana, portadora de la cédula de identidad Nº 14.929.445, nacida en Sabana de Mendoza Estado Trujillo el día 07-07-1979, de 28 años de edad, ocupación costurera, hija de José Gregorio Marín y Magali Sánchez, residenciada en Sabana de Mendoza Urbanización El Trompillo, calle 1, casa Nª 10, diagonal a la cancha deportiva, Sabana de Mendoza Estado Trujillo, por la comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en los artículos 254 DE LA LEY Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente.....