Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 A presentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL CADENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.262.095, domiciliado en la esquina de la Calle Vargas, con Avenida 5 de Julio, Parroquia y Municipio Boconó del Estado Trujillo, estando debidamente asistido de ----
abogado, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia en la sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia No. 1070 de fecha nueve (9) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que unía al prenombrado ciudadano MIG.....