Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, acuerda declarar como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA: MARÍA NELLY HIDALGO DE GUDIÑO, al ciudadano: RICARDO ANTONIO GUDIÑO GUDIÑO; (Por haber sido su legítimo esposo), y a los ciudadanos: RICHART JOSÉ GUDIÑO HIDALGO, MARINELA DEL CARMEN GUDIÑO DE RUZZA, JEAN MARCOS GUDIÑO HIDALGO y RICHNELIA CAROLINA GUDIÑO HIDALGO, (Por haber sido sus legítimos hijos).- Quedando en todo caso a salvo derechos de terceros.- Publíquese y Regístrese incluso en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia, Regiones: Trujillo.tsj.gob.ve, según Resolución N°. 05-2.....