LA ADMITE en cuanto ha lugar en derecho se refiere y ordena darle el curso de ley correspondiente. De conformidad con lo establecido en el Artículo 200 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, emplácese al ciudadano: JAIME ENRIQUE MAZZEY MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.398.221, domiciliados en el sector 1, calle 2, casa N° 20, urbanización Luis Mario Madriz, Betijoque, Municipio Rafael Rangel del Estado Trujillo, la misma se llevará a cabo en esta dirección que fue indicada en el escrito de demanda, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a que consten en autos la citación, más un (01) día que se le concede como termino de la distancia, para que proceda a contestar la demanda de ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN