En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Violencia Contra la Mujer de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 93 de la ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres una vida Libre de Violencia, se decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado JEAN CARLOS RAMON CHIRINOS. SEGUNDO: Acoge la precalificación dada por el Ministerio Publico por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, delitos previstos y sancionados en los artículos 39, 41 primer aparte y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de MARIA DEL CARMEN VALECILLOS. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 87 numerales 3º 5º y 6º, de la Ley Orgánica Sobre el Derec.....