este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, AGRARIO, DEL TRÁNSITO, OBLIGACION DE MANUTENCION y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con las decisiones descritas, este tribunal repone la causa al estado de ordenar la "citación edicticia" de los sucesores desconocidos del causante RAMON DEL CARMEN REYES MATERANO, mediante la publicación de un Edicto, emplazando a tales Sucesores para que comparezcan darse por citados en un término no menor de sesenta (60) días continuos, con la advertencia que en caso de incomparecencia, se les designará un Defensor a los desconocidos con quien se entenderá la citación, hasta que según la Ley cese su cargo.- Líbrese el respectivo Edicto, el cual se fijará en la pue.....