este tribunal Segundo de Primera Instancia penal del circuito judicial penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 282 y último aparte del artículo 250 del Código orgánico procesal penal, en concordancia con los numerales 1, 2 y 3 del artículo 250, 251 y 252 eiusdem y en armonía con los artículos 13 ibidem, 26, 257 y 43 constitucionales, se decreta orden de aprehensión contra el ciudadano ALVARO ENRIQUE MONTILLA BRICEÑO, titular de la cédula de identidad 16. 066. 563, natural de Valera, Estado Trujillo, de 23 años de edad, , nacido el 18 ¿ 07 ¿ 83, soltero, hijo de MARIA BENITA BRICEÑO y JULIO CESAR MONTILLA, domiciliado en El Cerro Morón, vía El Tanque, casa s/n, , Valera, Estado Trujillo, por la comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 406 del código penal, en agravio de quien en vida respondier.....