D E C I S I Ó N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada en el presente caso.
Se ORDENA notificar la presente sentencia, por oficio, tanto la juez inhibida, como al que la sustituye, juez del Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de esta Circunscripción Judicial, a la cual fueron pasados los autos por efecto de la inhibición; y a quienes se les remitirá copia certificada de la presente decisión.
Remítase mediante oficio el presente cuaderno de Inhibición al Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de esta Circunscripción Judicial.
Regístrese y publíquese.