ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1. Responsable Penalmente a el adolescente , venezolano, de años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº , natural de Valera, estado Trujillo, nacido en fecha de Septiembre de , grado de instrucción 2do Año de Bachillerato, hijo de: y , de ocupación estudiante en la Unidad Educativa Santa Maria Alarcón y ayudo a mi papá trabajar, domiciliado en la Hacienda el Carmen, vía el Puerto de la Dificultad, Municipio Monte Carmelo, estado Trujillo; asistido en este acto por la Abg. ODALIS FLORES, Defensora Pública Penal No. 18, cono domicilio procesal en el Palacio de Justicia Sector San Jacinto del Municipio Trujillo del Estado Trujillo; y lo condena a cumplir la Sanción de PRIVACION DE LIBERTAD por un lapso de UN (01) AÑO. Sanción que se le impone por haber admitidos los hechos imputados por la ciudadana Fiscala Décima del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente,.....