DISPOSITIVA
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de fijación de obligación de manutención, instaurada por la ciudadana NIDIA JOSEFINA TORRES de ROSARIO, titular de la cédula de identidad N° 5.790.291, actuando en nombre y representación de su hijo RAYMUNDO JOSE PARADA TORRES, contra el ciudadano LUIS RAMON PARADA DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 14.780.944, y se FIJA la obligación de manutención que debe pasar este ciudadano, a su hijo, (se omite su nombre por disposición de la lopnna), a la cantidad de dinero equivalente al 39,81% de un (1) salario minino urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 350,00) , mensuales más un (01) mes adicional a la cantidad fijada de la obligación de manutención en el mes de Agosto por concepto de gasto de útiles escolares, más dos (2) meses del monto de la obligación de manutención, en el mes de Diciembre por concepto de aguinaldos. La c.....