PRIMERO: SE DECLARA IMPROCEDENTE LA ACLARATORIA solicitada por la ciudadana Mary Josefina Rojas, de la decisión definitivamente firme dictada en fecha 23 de abril de 1991.
SEGUNDO: SE ESTABLECE, que cuando en la sentencia definitivamente firme de fecha 23 de abril de 1991, cuya aclaratoria se declaro improcedente, se mencione el nombre "Benardino Arturo Valitutto Chervine", debe entenderse como "Benardino Arturo Valitutto Cervino" en fundamento a la corrección por vía Administrativa que se realizo posterior al referido fallo en fecha 25 de mayo del 2022, de las Actas del Registro Civil de la solicitante, identificada en autos. De conformidad con lo previsto en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil se ordena expedir copias certificadas de la presente sentencia y remitirla, con oficio al Registro Civil del estado y municipio Trujillo, a los fines de su inserción de los Libros respectivos.