Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la ley, REVOCA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en el numeral 3 del artículo 256 del Código orgánico Procesal penal, decretada por este Tribunal de Control N° 7 de este Circuito Judicial Penal, el día 30-11-022 y en su lugar se DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano MIGUEL GREGORIO MORENO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 12044002, comerciante, domiciliado en el barrio santa Eduviges, parte alta, casa sin número, cerca del negocio de Silvio Barrios, Valera estado Trujillo, , por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE4S Y PSICOTROPICAS, previsto en la ley Especial de conformidad con los numerales 2 y 3 del artículo 262 y 250 del Código Orgánico.....