D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados y por mandato del Artículo 34 Literal “a”, del Decreto con Rango y Fuerza de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente Demanda por Desalojo de Inmueble, intentada por Asociación de Religiosas de la Comunicación Social, representada por la ciudadana: MARIA VITELVINA AGUDELO RUIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.9.749.118, domiciliada en Maracaibo Estado Zulia, y MARIA PAULA DELGADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.5.765.270, en su condición de tutora legal de la ciudadana: BELEN DELGADO, Venezolana, mayor de edad, titular de lal cédula de identidad Nro.5.351.267, representada la prim.....