Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE, la demanda de ACCION POSESORIA POR PERTURBACION A LA POSESION AGRARIA, interpuesta por el por el ciudadano JOSE ANTONIO PARRAGA GONZALEZ; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.151.510, domiciliado en el Sector la Laguneta de la Parroquia la Unión, Municipio Escuque del Estado Trujillo, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana GLORIA PERDOMO BASTIDAS, titular de la cedula de identidad numero 4.663.517, asistido por el abogado en ejercicio JUAN JOSE ABREU ARAUJO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 26.532, en contra del ciudadano RAFAEL ANTONIO LAGUNA MONTILLA, titular de la cédula de identidad número 12.458.186, sobre un lote de terreno ubicado en el Sector conocido como Los C.....