ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación de autos, interpuesto por los Abogados RAFAEL DURAN e INGRID PENA, en sus carácter de Fiscal Titular y Auxiliar de la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, mediante la cual SUSTITUYÓ la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al investigado RAMON GREGORIO FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V- 12.541.937, por la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Arresto en su propio domicilio,