Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg JORGE LUQUE, actuando en su condición de defensor publico del procesado: Jean Carlos Cartaya Canelo, titular de la cedula de identidad Nº 17.606.654, contra la decisión dictada en fecha 07 de Diciembre de 2012, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, de este Circuito Judicial Penal, donde: PRIMERO: revisadas las actuaciones se observa que el 05-12-201 siendo las 7 y 45 de la noche aproximadamente al llegar la víctima l lugar acordado donde el mismo dio la vuelta al final del sector califica la detención del ciudadano JEAN CARLOS CARTAYA CANELO antes identificado, como flagrante al habers.....