DECRETA:
Primero: SIN LUGAR el Recurso de Apelación (efecto suspensivo), interpuesto por la Representación de la Fiscalía XIII del Ministerio Público del Estado Trujillo, contra la decisión de fecha 03/02/2015, en Audiencia de Presentación de Aprehendido dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia, en Función de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la presente causa, en relación a las medidas cautelares decretada al ciudadano RUBEN MOISES LINARES RANGEL, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO (Menor) AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS.
Segundo: Se CONFIRMA el auto apelado.-
Tercero: Se ordena librar BOLETA DE EXCARCELACIÓN correspondiente, ejecutándose la medida cautelar impuesta por el A quo y Remítase el presente Recurso al Tribunal de origen.
Registre, Publíquese y Cúmplase.