Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación Nº TP01-R-2014-000037, interpuesto por el Abg. CARLOS NODA DEFENSOR PUBLICO PENAL en la causa seguida al ciudadano BENEDICTO JOSE BENCOMO GIL, procesado en la causa signada con el alfanumérico TP01-P-2014-000875 por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Control Audiencia y Medidas Nº 01, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo de fecha 27 de Enero de 2014
SEGUNDO: Se REVOCA la Privación Judicial Preventiva de Libertad impuest.....