ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LE, DECLARA: SIN LUGAR, El RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el ciudadano RAFAEL DARIO ROJO, asistido por el Abogado en ejercicio JUAN MANUEL CRUZ BAPTISTA, inscrito en el IPSA bajo el N° 49.663, en la causa N° TP01-P-2007-006871 seguida con motivo de Solicitud de entrega de Vehículo hecha por el referido ciudadano; Recurso interpuesto contra la decisión emanada del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de fecha 28-02-08, mediante la cual Niega la entrega del vehículo