Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos Abg. ROBERTO DE JESÚS BARRIOS, LEONARDO JOSE LUCENA BARRETO, NILDA DANIELA GRATEROL MONTILLA y MARCOS ANTONIO SEGOVIA LUQUE, actuando con el carácter de Fiscal Principal Décimo Tercero del Ministerio Publico y Fiscales Auxiliares Décimo Tercero el Ministerio Publico, de la circunscripción Judicial del estado Trujillo, en la causa N° TP01-P-2012-008242 contra la decisión dictada en fecha 30 de Noviembre de 2012, por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control, encontrándose de guardia de este Circuito Judicial Penal, donde se negó la incautación preventiva de la vivienda allanada y del veh.....