DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara SIN LUGAR la apelación ejercida por las Abogadas INGRID PEÑA CABRERA y YUSLEIVY ADRIANA PINEDA SILVA, Fiscal Provisoria y Fiscal Auxiliar Interina Décimas Terceras del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, respectivamente, en contra de la decisión de fecha 17 de diciembre de 2016, en la que se la declara Sin Lugar la solicitud de incautación preventiva que hiciera el Ministerio Público del vehículo TIPO MOTO, MARCA BERA, MODELO JAGUAR 150, PLACA AFOD18V, AÑO 2012, COLOR AZUL, SERIAL DE CHASIS 8211MBCAXCD037337 en la causa alfanumérico TP01-P-2015-023788, que se sigue a los ciudadanos CARLOS ENRIQUE URBINA PACHECO y LEOPOLDO MEJIAS SUAREZ, por el.....