administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación de auto interpuesto por el abogado Omer Leonardo Simoza González, actuando como defensor del procesado JORGE LEONARDO TELLES MORILLO, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 5 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 17 de noviembre de 2008, en la audiencia preliminar realizada en la causa principal N° TP01-P-2008-05906, seguida por la comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Tentativa y Porte Ilícito de Arma, en perjuicio de Gilberto Simancas Ramos y del Orden Público. Todo de conformidad con los artículos 264, 437 literal c y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal.