ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ABG. ALVARO TERAN, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 29.473, en la causa penal N° TP01-P-2009-000721, seguida a los ciudadanos RAMON GREGORIO FERNANDEZ, anteriormente identificado, por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas con el agravante del artículo 46 numeral 5 ejusdem y Ocultamiento Ilícito de Municiones previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y RENZO ALBERTO VALERO