III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la demandante, ciudadana Petronila del Carmen León viuda de González, contra la sentencia dictada por el A quo el 20 de junio de 2014.
Se declara la CADUCIDAD de la presente acción.
Se DESESTIMA, en consecuencia, la pretensión de la demandante.
En los términos expuestos se MODIFICA la sentencia apelada.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujill.....