III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el presente recurso de hecho interpuesto por el apoderado de la demandada, contra el auto de fecha 5 de Febrero de 2009, por medio del cual el Tribunal de la causa, Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, oyó en el solo efecto devolutivo la apelación ejercida por el apoderado de la demandada, contra la sentencia del 26 de Enero de 2009, dictada en el juicio que por simulación, propusieron en contra de la recurrente, ciudadana LUISA GRACIELA de BRICEÑO, las ciudadanas MARÍA TRINIDAD BRICEÑO de SANTIAGO y MARÍA MERCEDES BRICEÑO de ARAUJO, todas identificadas en autos, que se tramita en el expediente número 10.575 d.....