III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la demandante, contra la sentencia del A quo, de fecha 11 de Agosto de 2006.
Se declara CON LUGAR la presente demanda de divorcio intentada por la ciudadana JOHANA KATIUSKA MENDOZA, contra el ciudadano JOEL RAMÓN ROJAS CARRILLO, ambos identificados, con fundamento del ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil y, en consecuencia, SE DECLARA disuelto el matrimonio que unía a ambos cónyuges, celebrado por ante la Prefectura de la Parroquia Carvajal, Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo, el 26 de Diciembre de 2003, según acta número 62.
SE FIJA LA PENSIÓN ALIMENTARIA que el ciudadano JOEL RAMÓN .....