III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la ciudadana Rosa Picón de Dávila, contra el auto de fecha 22 de Noviembre de 2010, dictado por el Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, que negó la apelación ejercida por la recurrente de hecho el 18 de Noviembre 2010, contra la sentencia definitiva, de fecha 15 de Noviembre de 2010, dictada en el expediente número 2684-2010, llevado por el Tribunal de la causa, contentivo del juicio que por desalojo de inmueble propusiera la ciudadana Viviana María Montilla Selvi, representada por el ciudadano Arnaldo Antonio Montilla Michelena, (sic) contra la hoy recurren.....