III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia definitiva dictada por el A quo el 23 de mayo de 2018.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la presente demanda que declaratoria de existencia de servidumbre de paso, querella interdictal y deslinde de propiedades contiguas, interpuso la ciudadana Norma del Carmen Viloria Ortiz contra la ciudadana Iraida Coromoto Laguna Briceño, ambas identificadas en autos.
TERCERO: Se CONDENA en costas a la demandante de conformidad con las previsiones del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se REVOCA el fallo apelado.
Publíquese y regístrese la presen.....