PRIMERO: DECLARA NO FLAGRANTE la aprehensión de la imputada Yaneth Teresa Moreno Añez, antes identificado, por el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, delito previsto y sancionado en el articulo 31 segundo aparte concatenado con el articulo 46 numeral 5 de la Ley orgánica contra el trafico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, en agravio de la SOCIEDAD.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR lo solicitado por la defensa en cuanto a la nulidad del acto de allanamiento.
TERCERO: Se decreta la continuación del proceso a través del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, según lo indicado en los artículos 248, 249 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACION DE LIBERTAD sobre la ciudadana Yaneth Teresa Moreno Añez, antes identificada, por el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 segundo aparte .....