DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas de hecho y de derecho este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Se admite la acusación presentada por la representación de la fiscalía Tercera del Ministerio Público en toda y cada una de una de sus partes por llenar los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en la cual acusa formalmente al ciudadano JEAN CARLOS FERRER GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15043149, nacido el 11-02-1981, estado civil soltero, natural de Valera, edad 27 años de edad, de ocupación taxista, hijo de Alexis José Ferrer Andará y Soraida del carmen García Ferrer, grado de instrucción Bachiller técnico, residenciado en Urbanización la Beatriz, bloque 40, piso 9, apto 09-02, teléfono 0271-5544920, Valera Esta.....