A juicio del Tribunal, NO se encuentra acreditado el hecho imputado, ya que del legajo de actuaciones de las autoridades de instrucción que conocen el hecho, aparece ello así, por cuanto aunque se afirma la detención del reo y la lesión de la víctima,
no hay ninguna indicación de que haya relación de algún tipo entre ellos.
Siendo las cosas de esta manera, no hay cómo estimar que el reo pudo haber sido autor de ningún accidente en el que estuviera involucrada la víctima.
En consecuencia, al no existir en los autos ninguna probanza que ligue a la víctima y el reo, se hace forzoso calificar su detención como NO-FLAGRANTE, ponerle en libertad inmediatamente y ordenar se siga la averiguación del hecho por el procedimiento ordinario. Así se decide.
Líbrese compulsa de todas las actuaciones del caso y devuélvanse a la Fiscalía del Ministerio Público para que realice las investigaciones del hecho, y déjese el orig.....