Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se ordena la aplicación del procedimiento Abreviado de conformidad con el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que considera quien aquí juzga, que de las actas se evidencia la comisión de un hecho punible como lo es DAÑOS CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 474 del Código Penal, en agravio de Carlos Vieas Rivas. Segundo: Se decreta la Aprehensión en Flagrancia de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: se decreta la medida cautelar Sustitutiva de libertad al ciudadano LUIS ALFONSO QUINTERO CARDOZO, titular de la cédula de identidad V- 5.763.220, Venezolano, de 45 años de edad, nacido el 17-04-1961, soltero, de ocupación Agricultor, natural de Betijoque Estado Trujillo, hijo de Rafael quintero y Maria Hilda Cardozo, residenciado Sector el Cedro, Calle las Flores, Ca.....