Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley resuelve: Primero: Admitidos los hechos por parte del ciudadano DANIEL DAVID CARRASQUERO OLIVAR, titular de la cédula de identidad V-16.464.355, Venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha 17-08-1984, soltero, de ocupación indefinida, natural de Trujillo, hijo de Denis de Jesús carrasqueño(difunto) y Irma Leonor Quintero Olivar, residenciado en la avenida independencia frente plaza Sucre, mas abajo del centro profesional Rosas Bravo (una casa mas debajo de la fiscalia superior),Trujillo Estado Trujillo, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previstos y sancionados en los artículos 453 Ordinal 3° Y 4° en concordancia con el articulo 83 del Código Penal, en agravio del ciudadano MANUEL VICENTE GOMEZ TORREALBA y pruebas ofrecidas, lo condena a cumplir la pena de tres años de prisión, admitidos los hechos y rebajada la pena conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal P.....