Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fueron objeto Francisco Antonio Duarte Guerrero, venezolano, mayor de edad, soltero , de 24 años de edad, obrero, natural de Valera Estado Trujillo, nacido en fecha 30-09-83, titular de la cédula de identidad N° 17.605.359, hijo de Yolanda Duarte y Oscar Duarte, residenciado en sabana libre, calle san Agustín, casa sin numero, color de la casa verde , cerca del hotel la Nonna, del Estado Trujillo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, EN SEGUNDO LUGAR, les decreta al preidentificado FRANCISCO ANTONIO DUARTE, PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA D ELIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250, 251 y 252 de.....