El Tribunal observa que de las actas procesales, no se desprende la comisión de ningún hecho punible porque aun tomando como cierto la versión de la adolescente el ofrecer llevar a una persona no puede constituir ningún hecho típico, en tal sentido este Tribunal considera que no hubo ninguna aprehensión en flagrancia ya que el imputado no fue sorprendido ni cometiendo ni acabando de cometer un hecho punible por ello, se ordena la Libertad sin restricción alguna del ciudadano Enrique Antonio Valera, titular de la cédula de identidad V- 3.780.356, por otra parte llama poderosamente la atención como los funcionarios actuantes privan de libertad al ciudadano Enrique Antonio Valera, titular de la cédula de identidad V- 3.780.356, sin que exista en criterio de este Tribunal, motivo alguno para realizar dicha detención, y crea a un mas suspicacia lo dicho por el detenido ilegalmente, de que prácticamente su orden de detención fue realizada por el hermano del funcionario Becerra, aunado al.....