PRIMERO: Se admite la acusación interpuesta por la Fiscalía Novena del Ministerio Público en contra del ciudadano WISTON ALEXANDER RIVAS VELIS, venezolano, mayor de edad, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.881.869 , nacido en Valera , Estado Trujillo el día 06- 08- 1.985, hijo de Atilio José Albarrán y Rosa Elena Velis y residenciado en la población de Motatán sector Barrio Nuevo, Parte Alta, cerca del negocio de Jerónimo, casa de dos pisos , Motatán Estado Trujillo, e igualmente las pruebas ofrecidas por ser legales y procedentes. comisión del delito de ROBO GENERICO sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente a la fecha de la comisión del delito y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente a la fecha de la comisión del delito , en agravio de la ciudadana adolescente Mairosker Elismar Cabrera Fernández .
SEGUNDO: Por cuanto el ciudadano WISTON ALEXANDER RIVAS VELIS, venezola.....