En este estado el tribunal oídas las exposiciones de las partes considera cumplidas las condiciones impuestas al ciudadano PEÑALOZA BRICEÑO JOSE RAFAEL, titular de la cedula de identidad N° 9170976, nacido en fecha 24-10-59, natural de Sabana de Mendoza Estado Trujillo, de 43 años de edad, ocupación caletero, hijo de Rosario Briceño de Peñaloza y Peñaloza Nicolás, residenciado en Urbanización san Isidro, calle principal, casa N° 17-7, al final de la urbanización Morón, en Valera estado Trujillo, verificado como ha sido se deja constancia que el imputado CUMPLIO. En cuanto al ciudadano CARLOS AFONZO ARTIGAS LOZADA, residenciados en el Barrio el Milagro, calle 8, vereda N° 1, casa color amarilla, mas debajo de la casilla del barrio el Milagro, visto que corre inserto al folio Doscientos Cuarenta y Uno (241) el acta de defunción del mismo, lo ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de la presente causa para este ciudadano por muerte del mismo y asi se decide. Por las razones ant.....