Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución y de Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara procedente la Redención Judicial de la Pena al ciudadano JOSE DE LOS SANTOS GRATEROL GARCIA titular de la cédula de identidad Nª V- 5.792.607, quién en razón de su reclusión en el Internado Judicial de Trujillo por sentencia condenatoria dictada en su contra por el Tribunal Mixto de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en fecha 04 de Abril del año 2.008 por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277 del Código penal Penal, siendo condenado a cumplir la pena de DIECISEIS ( 16) AÑOS y CUATRO ( 04) MESES DE PRESIDIO. en un tiempo de UN ( 01) AÑO, SEIS ( 06) MESES Y NUEVE ( 09) DI.....