Se constata que los penados de autos estuvieron privados de su libertad desde el 20 de Febrero del 2.007 hasta el 18- 04- 2.008 , resultando inoficioso en esta fecha hacer cómputo toda vez que procede alternativa de cumplimiento de pena Suspensión Condicional de la ejecución de la pena como lo establece el artículo 494 en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, acordando su citación para el penado JORGE DAVID BARRETO titular de la cédula de identidad Nª 19.148.942 siempre que cumpla con los demás requisitos legales a tales fines .
SEGUNDO: En relación al penado . ciudadano FREDDY ANTONIO RUZA , titular de la cédula de identidad Nª 11.614.178 fue sentenciado a cumplir pena de prisión de TRES AÑOS, UN MES Y QUINCE DIAS DE PRISION no resulta procedente la alternativa de Suspensión Condicional de la ejecución de la pena a que se contrae el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que admitió los hechos ante el Tribunal de Control, sie.....