Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley, otorga el beneficio de prelibertad de REGIMEN ABIERTO al penado JOSE ALBERTO VASQUEZ CASTELLANOS , titular de la cedula de identidad Nª 4.315.329,
con fundamento legal en los artículos 65 de la Ley de Régimen Penitenciario en concordancia con el primer aparte del articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal,, quien deberá pernoctar en el CENTRO DE TRATAMIENTO COMUNITARIO en el Estado Aragua; El presente beneficio permanecerá en vigencia mientras no sea revocado o suspendido, o que el penado opte al beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL en fecha 07 -12- del 2.011.
Notifíquese a las partes, remítase copia certifica de la presente resolución al Tribunal de vigilancia a los fines que se sirva imponer al penado del beneficio otorgado. Fiscal.....