Por lo anteriormente expuesto, este tribunal de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley, concede el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado ciudadano JOSE DE LOS SANTOS GRATEROL GARCIA , titular de la cédula de identidad N° 5.792.607,, quien deberá pernoctar en el Internado Judicial de Trujillo, Estado Trujillo, hasta tanto sea acreedor a beneficio de Regimen Abierto.
Líbrese oficio, anexo copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial del Estado Trujillo, al coordinador de la Unidad Técnica de apoyo al Régimen Penitenciario.
Provéase lo conducente.
Solicítese Traslado. Del penado para el 16- 07- 2.008 a las 8, 30 am.,. Notifíquese al Ciudadano Fiscal Noveno del Ministerio Público y Defensa.
El presente beneficio permanecerá en vigencia mientras no sea revocado, suspendido o pueda optar a otra fórmula alternativa de cumplimiento de pena.