Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE EJECUTA sentencia condenatoria y firme proveniente del Tribunal de CONTROL 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en la que se dicto sentencia de CONDENA contra del ciudadano JEAN CARLOS VILLEGAS COLMENARES, CI 16465103, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453.3.4.6 del Código Penal, al haber admitido los hechos y solicitado la imposición inmediata de la pena, conforme a lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y las accesorias del articulo 16 del código penal. SEGUNDO: Se ordena La Tramitación De La Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena como Medida Alternativa al Cumplimiento de Pena. TERCERO: No existen costas por ser ejecutadas, vista la decisión firme a ejecutar, ni reclamaciones, ni objetos comisados.
Requiérase al penado constancia de trabajo, y .....