Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley., acuerda la EXTINCION DE LA PENA al penado al ciudadano ciudadano LUIS EMIRO PAZ SIBRIA titular de la cédula de identidad N° 14.235.361 nacido el 1° de septiembre del año 1.978 en Cabimas Estado Zulia hijo de Daysy Sibria y Orlando Paz, casado, vigilante, residenciado en el sector Sucre Urbanización Los Rosales, calle 02- N° 158,Cabimas, Estado Zulia, fue condenado por el procedimiento de admisión de los hechos, por el Tribunal Séptimo de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, a cumplir DOS AÑOS DE PRISION por delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE ROBO previsto en el artículo 09 de la ley sobre hurto y robo de vehículos de motor en tal razón habiendo dado cumplimiento a las condiciones impuestas por el Tribunal y Delegados de Prueba conforme al artículo 105 del Código Penal
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