Por cuanto de los autos se evidencia que el informe técnico que fuera presentado a este tribunal en su debida oportunidad en relación al penado Jesús ramón Terán, presenta pronóstico desfavorable al otorgamiento del régimen Abierto cursante a los folio 212 al 215 de la causa; sin embargo de la revisión del último cómputo de la pena de fecha 08-10-08, cursante a los folios del 206 al 208 de la causa, resulta evidente que el penado cumplió las tres cuartas partes de la pena 24-11-08, así mismo cursa en autos, que la Dirección General de custodia y rehabilitación del Recluso integrado por los funcionarios Elvia Vásquez, Yirman Torres , Coromoto Terán, Jenni Simancas, Héctor García y Rubén Vitoria, todos adscritos al Internado judicial de Trujillo, emiten constancia de fecha 10-11-08, de la conducta ejemplar que ha presentado el penado durante el tiempo de su reclusión todo ello conlleva a que a quien juzga a DECLARA CON LUGAR el pedimento de la defensa, en consecuencia, por vía de grac.....